
Este es el procedimiento mas demandado dentro de los 3 existentes (arraigo familiar, laboral y social). A continuación analizaremos ¿Cómo puedo solicitar el arraigo social en España?
Se trata de una de las residencias por circunstancias excepcionales concedidas a aquellas personas que han permanecido de forma continuada e irregular en España durante 3 años y que además tengan:
- Vínculos familiares en España o estén integrados socialmente
- Y cuenten además con una oferta de contrato de trabajo
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el arraigo social?
1. Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos considerados por el ordenamiento español.
2. Demostrar 3 años de permanencia continuada en territorio español. Las ausencias en dicho periodo no podrán superar los 120 días. A título de ejemplo, se tomarán en consideración documentos relativos al empadronamiento, a una hospitalización, a una consulta médica en la sanidad pública, así como cualquier documentación municipal, autonómica o estatal que justifique su presencia en España.
3. Tener vínculos familiares o bien, presentar un informe que acredite su integración social.
- Vínculos Familiares con otros extranjeros residentes o con españoles, que deberán ser cónyuge o pareja de hecho registrada, ascendientes o descendientes en primer grado y línea directa.
- Informe de integración social para demostrar su vinculación con la sociedad Española. Este será emitido por la Comunidad Autónoma o el Ayuntamiento en algunos casos, en cuyo territorio tenga su domicilio habitual. Las autoridades tendrán un plazo de 30 días para emitir su informe. En caso de que el informe no haya sido emitido en este plazo, el interesado deberá acreditar la ausencia de este y podrá justificar dicho requisito por cualquier medio de prueba admitido en derecho.
4. Contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y empleador, para un periodo no inferior a un año. La empresa o el empleador (autónomo), deben encontrarse inscritos en la Seguridad Social, así como hallarse al corriente del cumplimiento con hacienda y la Seguridad Social.
¿Es posible trabajar para más de una empresa a la vez para poder conseguir este arraigo social?
Lo importante si tenemos varios empleadores es que el puesto de trabajo sea el mismo o dentro de la misma ocupación, y que la jornada laboral consista en un mínimo de 30 horas semanales.
¿Es posible presentar la solicitud sin tener contrato de trabajo?
De presentarse el caso tenemos 2 opciones:
1. Trabajar por cuenta propia. En ese caso será necesario acreditar:
- Disponer de medios económicos suficientes
- Preparar un proyecto y demostrar su viabilidad
- Pedir informe del servicios social en el que se recomienda a la oficina de extranjera exonerar de la obligación de presentar contrato de trabajo
- Reunir pruebas
2. Acreditar medios económicos a través de un familiar, sean padres, cónyuge, que vive en España legalmente y cuentan con recursos económicos.
Hasta hace poco extranjería valoraba los recursos económicos en los criterios aplicables para reagrupación familiar, pero recientemente, con la Instrucción DGM 6/2020 de 9 de junio de 2020, ya no es del todo obligatorio demostrar solvencia económica de la familia. Así, se puede solicitar el arraigo social sin contrato de trabajo, incluso si la familia gana menos de lo que se exige para la reagrupación familiar. Esto se valorara de acuerdo a circunstancias concretas.
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